Organizaciones de la sociedad civil alertan sobre riesgos regulatorios
Más de 100 organizaciones de la sociedad civil tienen reparos al proyecto. Les preocupa la restricción de derechos y libertades, y la protección de datos.

114 organizaciones de la sociedad civil (OSC), expresaron su preocupación frente al proyecto de Ley Orgánica para el Control de Flujos Irregulares de Capitales.
Las organizaciones están agrupadas en la Red Ecuatoriana de Cooperación Internacional y Desarrollo (RECID).
Si bien reconocen los esfuerzos del Estado por frenar operaciones ilícitas, advierten que el texto legal presenta riesgos para el funcionamiento del sector sin fines de lucro.
Además, les preocupa la salvaguardia de derechos fundamentales como la libertad de asociación y la protección de datos personales.
La ley se propone como respuesta al crecimiento de operaciones financieras ilícitas que -según la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE)- superaron los USD 1.100 millones anuales en 2024, parte de los cuales se habrían canalizado a través de personas jurídicas.
Si bien la motivación oficial es legítima, las organizaciones alertan que el texto incurre en generalizaciones que podrían dañar la reputación de cientos de OSC, que actúan con transparencia y apego a la legalidad.

Una evaluación técnica
El objetivo central del proyecto es establecer un sistema integral de prevención, detección y sanción de flujos ilícitos, basado en principios de transparencia activa, debida diligencia y supervisión proporcional al riesgo.
No obstante, las OSC consideran que su aplicación sin ajustes técnicos podría acarrear efectos negativos en la sostenibilidad y autonomía del sector.
Las organizaciones también hicieron un análisis de la propuesta, que fue elaborado a través de una metodología de 'triangulación de fuentes'.
En esta se incluyó la revisión del proyecto y sus reformas, el análisis de datos oficiales, jurisprudencia y estadísticas presupuestarias, la comparación con marcos regulatorios de la región y con estándares del Grupo de Acción Financiera Internacional (FATF-GAFI).
Asimismo se incluyeron opiniones de expertos de OSC, bajo enfoques de derechos humanos, género y diversidad.
Hallazgos del análisis
De esta evaluación surgieron 15 hallazgos clave. Entre las fortalezas, se destaca la supervisión basada en riesgo, que permite una asignación eficiente de recursos.
Además, la promoción de transparencia activa mediante sellos de integridad institucional, lo cual puede fortalecer la confianza pública.
Sin embargo, el análisis técnico también identifica varios riesgos relevantes:
· Costos de cumplimiento que podrían representar hasta un 27% del presupuesto anual de una OSC pequeña.
· Plazo limitado de 90 días para el registro en SUIOS (Sistema Unificado de Información de las Organizaciones Sociales), sin asistencia técnica adecuada.
· Trámite bajo urgencia económica que restringe el debate y la consulta pública.
· Facultades discrecionales amplias de la SEPS (Superintendencia de Economía Popular y Solidaria), que pueden derivar en abusos regulatorios.
· Riesgos de doble imposición tributaria y medidas cautelares sin control judicial inmediato.
· Incoherencias normativas por la aplicación de principios mercantiles a entidades sin fines de lucro.
· Falta de salvaguardas para datos personales y sensibles.
· Un régimen de incentivos que podría profundizar desigualdades entre organizaciones.

Recomendaciones para una norma equilibrada
A partir de este diagnóstico, las OSC proponen recomendaciones técnicas para que la ley cumpla su propósito, sin afectar el tejido social ni restringir derechos:
· Diferenciación clara entre entidades con y sin fines de lucro en el marco legal.
· Publicación de la metodología de clasificación de riesgo y capacitación técnica a las OSC.
· Régimen simplificado de cumplimiento, con extensión del plazo de registro a 180 días y subsidios para certificación.
· Tramitación por vía ordinaria, con al menos 60 días de consulta pública efectiva.
· Ajustes a la reforma tributaria y a las medidas cautelares para evitar la doble imposición y garantizar el debido proceso.
· Inclusión de un capítulo de protección de datos personales, con mecanismos de anonimización de beneficiarios y prevención de divulgación indebida.
Todas estas observaciones constan en el documento “Análisis y recomendaciones sobre la propuesta de Ley Orgánica para el Control de Flujos Irregulares de Capitales”.
Las OSC también alertaron que el discurso oficial tiende a presentar a todas las organizaciones como potenciales canales de flujos ilícitos.
Lo que “no solo es técnicamente impreciso, sino que también vulnera derechos y debilita la confianza pública”, en especial hacia organizaciones que trabajan en contextos de alta vulnerabilidad y defensa de derechos humanos.